SEGUROS

Seguros

Gestión integral Seguros, Cauciones y Garantías


Garantías para Licitaciones 

Los seguros de caución para licitaciones son avales que responden del mantenimiento de la oferta presentada por la empresa en un concurso público. Los seguros de caución para la buena ejecución del contrato son avales que responden de las condiciones pactadas, así como el periodo de garantía que se puede establecer.

  • Garantía de adjudicación

    La garantía de adjudicación es una garantía definitiva (ejecución) que se constituye para que el tomador responda del correcto cumplimiento de las obligaciones asumidas en el contrato definitivo.

  • Mantenimiento en oferta

    El mantenimiento de oferta es una garantía provisional (se presenta al licitar) que asegura la capacidad de asumir los compromisos del contrato objeto de concurso.

  • Documentación básica necesaria

    • Ordén de compra, copia del contrato o pliego de Licitación, sobre todo de los artículos referidos al objeto especifico del contrato y de garantías exigidas.
    • Ultimo balance de la empresa
    • Suma asegurada y presupuesto oficial del contrato.
    • Aval de socio o directores
    • Según el caso, puede requerirse aval y Manifestación de bienes de socio/s y/o directores.
  • ¿Por qué contratar un seguro de caución?

    • Aumenta la capacidad crediticia ya que no supone riesgo bancario
    • Disminuye las exigibilidades del balance
    • No genera comisiones de estudio
    • No inmoviliza recursos financieros que pueden dedicarse a otras necesidades

Seguros para obras

  • Documentación necesaria

    • Ordén de compra, copia del contrato o pliego de Licitación, sobre todo de los artículos referidos al objeto especifico del contrato y de garantías exigidas.
    • Ultimo balance de la empresa
    • En el caso de los anticipos, planillas de flujo de fondos y/o avances de obra previstos.
    • Montos asegurados y montos totales.
    • Aval de socio o directores
    • Manifestación de bienes en caso de ser necesarioa
  • Beneficios

    • Asesoramiento técnico para apertura de carpeta.
    • Atención personalizada.
    • El costo de un Seguro de Caución es inferior al de las garantías o avales bancarios.
    • EL seguro de Caución no afectan la capacidad crediticia del Cliente.

Pólizas de Caución para Obras de construcción.

Los seguros de caución para la construcción son una herramienta eficaz para asegurar el éxito de su emprendimiento. Según como sea el tipo de contrato y la obligación para garantizar existen pólizas específicas, con variantes en cuanto a los tipos de cobertura, su alcance y condiciones, como el Mantenimiento de Oferta, Ejecución de Contrato, Anticipos Financieros, Sustitución de Fondos de Reparo y otros.

  • Garantías contractuales

    La garantía contractual es un seguro de caución para contratos de licitaciones, públicas o privadas, mediante el cual se garantizan las condiciones desde la apertura de la licitación hasta la finalización del contracto que surja de la adjudicación de la misma.

  • Mantenimiento en oferta

    Esta póliza garantiza al Asegurado las obligaciones del Tomador de mantener su oferta y en el caso de ser adjudicatario firmar el contrato respectivo, en un todo de acuerdo a la forma y plazos requeridos en la ley y en las bases de la licitación.


    Esta póliza se factura una sola vez y es de desafectación automática, ya que si el Tomador es adjudicatario se desafecta con la firma del contrato, en caso contrario si el adjudicatario es otro oferente pierde su significado.

  • Cumplimiento, ejecución y adjudicación de contrato

    Esta póliza cubre la garantía que se le exige al Tomador para responder por el cumplimiento en tiempo y forma de sus obligaciones derivadas del contrato firmado con el Asegurado.


    Su vigencia es indeterminada, y se facturara automáticamente hasta la devolución de la misma o con la recepción provisoria de la obra sin ninguna observación. Las facturaciones son por adelantado.

  • Sustitución de fondos de reparo

    Según lo determinado en el pliego de condiciones las obras se certifican de acuerdo a su avance, en estos casos los Asegurados retienen un 5% de la certificación en carácter de fondo de reparo, este importe tiene como destino el responder por vicios ocultos o desperfectos de 6 meses a 2 años.


    La función de la póliza de Fondo de reparo es sustituir dicha retención y responde hasta el total Asegurado por los desperfectos o vicios antes mencionados.

  • Anticipo Financiero y /o de acopio

    Describa el artículo o responda a la pregunta para que los visitantes que estén interesados obtengan más información. Puede resaltar este texto con viñetas, cursiva, negrita o añadiendo enlaces.
  • Anticipo Financiero y /o de acopio

    La Repartición o Comitente suelen requerir para realizar un pago anticipado, ya sea como apoyo financiero o para la compra de materiales, la constitución de una garantía por parte de quien lo recibe (el contratista o proveedor). La póliza de caución por anticipo financiero y/o acopio permite al cliente la posibilidad de acceder a ese requisito en forma ágil y rápida.

  • Garantías de concesión

    Coberturas destinadas a garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales de un contrato de concesión, como así también el pago del canon en caso que el contrato lo prevea.

  • Garantías por certificación de avance de obras o Fabricación

    Esta póliza garantiza al Comitente los pagos efectuados en forma anticipada al Tomador cuando este fabrica un bien, encargado por aquel, en sus propias instalaciones.

  • Garantias de tenencia de bienes

    Se garantiza la tenencia y posterior devolución de los bienes de propiedad del Asegurado que éste ha entregado o entregará al Tomador para su uso, reparación, manutención o reacondicionamiento, de acuerdo con los términos de la contratación que han sido determinadas por las partes.

  • Responsabilidad civil construcciones

    El seguros de Responsabilidad civil construcciones tiene por objeto cubrir las responsabilidades derivadas de los posibles daños a terceros que la ejecución una obra de construcción o refacción pueda ocasionar.

  • Responsabilidad civil profesional

    La cobertura está orientada a proteger a los profesionales ante reclamos de clientes y/o terceros por actos que generen pérdidas financieras fundados en errores, fallas o negligencias, cometidos durante el desempeño de sus actividades o prestación de sus servicios.

  • Seguros por accidentes personales

    El seguro de Accidentes Personales ampara los daños que, por causas traumáticas, pudiese sufrir el Asegurado dejando secuelas que impliquen desde invalidez total o parcial, en forma permanente, hasta su muerte.

  • Seguros Todo Riesgo Construcción

    El seguro de Todo Riesgo de Construcción cubre los daños y pérdidas materiales que sufran los bienes y/o intereses asegurados que se encuentren en proceso de construcción o montaje, que sucedan de manera accidental, súbita e imprevista.


    La razón de ser de los seguros de construcción todo riesgo es cubrir todos los daños y/o pérdidas materiales de la obra cuando sea consecuencia de un accidente. Esto incluye los trabajos de obra civil e instalaciones (coste de material y de mano de obra), debidos a incendio, explosión, caída del rayo, robo y expoliación, riesgos de fuerza mayor o de la naturaleza (cuya ocurrencia e intensidad no sea previsible en el lugar de la obra y la época del año) y riesgos inherentes a la ejecución de la obra.


    Todo Riesgo Construcción (cobertura integral para obras de construcción), Todo Riesgo Montaje (cobertura de Todo Riesgo para obras de montaje de equipos, máquinas, etc.) y Equipos de Contratista (protección para máquinas y equipos utilizados en la construcción)


Seguros de crédito 

Protección frente a riesgos de insolvencia o el no pago de sus deudores.
Asegura que su empresa no se vea afectada negativamente por el fracaso imprevisto de uno o más de sus clientes causados por una insolvencia declarada (quiebra, cesación de pago con acreedores u otra situación similar) o por créditos impagos por más de 6 meses.

Son factibles de cubrir las facturas a crédito de bienes o servicios que se realizan entre empresas, en el corto plazo.

  • Seguro de Crédito Doméstico

    Otorga cobertura a las ventas a crédito realizadas en el mercado nacional a personas jurídicas con giro comercial. La cartera de crédito doméstico del Asegurado se divide en dos tipos de clientes: nominados e innominados, según el monto del límite de crédito otorgado a cada uno, estableciendo una división que dependerá de la dispersión de la cartera y los volúmenes de ventas fijados con los clientes.


    Los clientes innominados o menores son aquellos cuyo límite de crédito es de un monto inferior a la segmentación establecida por el cliente en virtud de su volumen de venta.


    Los clientes nominados son aquellos cuyo límite de crédito es de un monto superior a la separación establecida en la póliza los cuales serán aprobados, limitados o rechazados después de una evaluación exhaustiva efectuada por un analista experto de riesgo.

  • Seguro de Crédito de Exportación

    Otorga cobertura a las ventas a crédito realizadas en el mercado internacional, es decir, cubre el Riesgo Comercial de las exportaciones.


    El Seguro de Crédito de Exportación contribuye a los exportadores a aumentar sus ventas e incursionar en nuevos mercados, puesto que les permite exportar con un riesgo mínimo y acotado, respaldado en una evaluación de riesgo de crédito realizada por un analista de riesgo experto. Además, genera el beneficio adicional de seguimiento periódico de los clientes y de cobranza de los posibles impagos que se produzcan, lo que resulta más relevante en el extranjero, considerando las diferencias legales, de idioma y culturales.

  • Documentación básica necesaria

    • CUIT
    • Ultimo balance de la empresa

Garantías aduaneras 

Las pólizas de garantías aduaneras, cubren según sus distintas modalidades los aranceles impositivos y las multas.

  • Documentación mínima requerida

    • Copia de la intimación y/o pedido de garantía que emane de la AFIP en el cual conste el grupo al cual pertenece el importador/exportador
    • Solicitud Convenio firmada por el importador/exportador
    • Balances y/o declaraciones de los impuestos a las ganancias, IVA y Bienes personales
    • Manifestación de bienes del importador/exportador.
  • Documentación básica necesaria

    Papelería propia de la importación (bill of landing, manifiestos de embarque), manifestación sobre el destino final de la mercadería detalle de los montos a garantir.


    1. Números de Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) de importador/exportador y despachante.
    2. Clase de garantía (GLOBAL/UNITARIA).
    3. Tipo de garantía.
    4. Motivo de operación que avalan, excepto si se trata de garantías en efectivo.
    5. Número de Registro de la Entidad Emisora de Garantías y/o documentación habilitante para operar.
  • Transito terrestre

    Este tipo de póliza le garantiza a la Aduana que las mercaderías en transito sin nacionalizar lleguen al deposito fiscal del destino definitivo, cubriendo además las multas que debería afrontar el importador si dicha mercadería no llegara a su destino.


    La póliza se contrata en la aduana de ingreso y se desafecta cuando la mercadería sale del país o cuando se nacionaliza.

  • Falta de documentación

    Esta póliza le permite al importador retirar de la Aduana la mercadería que ingreso al país faltándole algún tipo de documentación, por ejemplo el conocimiento de embarque, factura, etc. El importador debe cumplir con la entrega de la documentación faltante, si así no lo hiciera se afecta la garantía.

  • Importación temporaria

    Esta póliza garantiza los derechos y las multas que deberían pagarse si la mercadería ingresada al país en forma temporaria, no fuera reexportada en el tiempo fijado, este puede ser hasta 5 años.


    Claros ejemplos de esta garantía son aquellos elementos que ingresan al país para una exposición, espectáculo, etc. y una vez concluidos deben reenviarse al exterior.

  • Exportación temporaria

    Se garantiza el monto de los tributos que correspondieran por exportación sobre aquellas mercaderías egresadas del país sujetas a la obligación de ser reimportadas.

  • Diferencia de derechos

    Existen casos en los cuales al ingresar una mercadería al país se presenta el problema de que hay diferencia de criterios en cuanto a los derechos a fijar por la Aduana, lo que origina un expediente que tiene por objeto llegar a un acuerdo con la diferencia planteada, una forma de poder liberar la mercadería es abonar los derechos que dice el importador afectar la garantía y reemplazar la diferencia entre estos y los determinados por la aduana por esta póliza.

  • Draw Back / Reembolsos / Reintegros

    Se garantiza la devolución total o parcial de las sumas pagadas por el Estado en concepto de estímulo a la exportación.

  • Habilitación de Depósito fiscal

    Esta póliza garantiza el buen desempeño del Tomador como administrador de un deposito fiscal y cubre las multas que se le impongan por incumplimiento de las normas aduaneras que rigen dichos depósitos.

  • Envios en consignación

    Exportación de Mercadería en Consignación.


    Se garantizan los tributos hasta el momento en que se perfecciona la venta. Se aplica un régimen similar al de la exportación temporaria.

  • Aduana domiciliaria

    Esta garantía respalda permite el adecuado flujo de las operaciones en los tiempos que hoy exige el mercado.

  • Garantías Aduaneras de Actuación

    Para individuos categorizados “A” y “B”, con documentación mínima indicada al pié

    Para individuos categorizados “C”, solo si la inexistencia de domicilio o domicilio desconocido, se deba a un cambio reciente no notificado.

    Para Individuos cuyas ventas brutas del año calendario inmediato anterior o su Patrimonio Neto, no superen la suma de $ 300.000,- según las siguientes pautas:

    Exportadores:

    Cuando el exportador se vea imposibilitado de acreditar el monto de ventas al exterior del año calendario inmediato anterior, se analizará la viabilidad de otorgar la garantía en función del patrimonio, ventas locales y su experiencia en el rubro.

    Importadores:

    Cuando el Importador se vea imposibilitado de acreditar el monto de importaciones del año calendario inmediato anterior, se analizará la viabilidad de otorgar la garantía en función del patrimonio y su experiencia en el rubro.

El Régimen Automotriz (REAU)

Es una garantía aduanera de caución que utilizan las automotrices y autopartistas en Argentina.



  • Asesoramiento técnico
  • Gestión personalizada de poliza de caución aduanera electrónica 
  • Formulario online




  • Liberación de las garantías REAU

    La Secretaría de Industria emite una solicitud de liberación de las garantías para un período determinado.


    El Departamento Operador Económico Autorizado registra el trámite en el Sistema Informático de Trámite Aduaneros (SITA).

    Si no se produce el registro en el SIM sobre lo que resuelve la aduana, se libera la garantía automáticamente.



  • Requisitos

    La aduana requiere la póliza de caución REAU para garantizar que las empresas automotrices y autopartistas puedan seguir importando y exportando, y así proteger la industria.



Garantías Judiciales 

Estas garantías son solicitadas por un juzgado mediante un auto, a solicitud de alguna de las partes, y sirven para sustituir una garantía real.


Estos seguros de caución ponen a disposición de los litigantes un medio idóneo y económicamente accesible para garantizar sus obligaciones procesales cuando el Código respectivo así lo exige.


  • Contra-cautela Judicial
  • Sustitución de Medidas Cautelares


  • Documentación básica necesaria

    • Demanda, contestación y copia del auto que ordena la medida.
    • En caso de ser una medida preliminar, borrador de la demanda incluyendo la prueba ofrecida y jurisprudencia invocada.
    • Juzgado y secretaria donde tramitan los autos.
    • Breve reseña de los hechos que motivaron o motivaran la demanda.

Garantías de buen desempeño de Actividad o Profesión 

  • Agencias de Turismo

    Esta garantía sustituye el depósito que están obligados a constituir quienes desarrollan tareas relacionadas al turismo, ante el ente de contralor antes mencionado, a los fines de garantizar su desempeño.

  • Empresas de personal eventual

    Estas garantías son exigidas a las empresas de servicios eventuales a fin de garantizar el pago de multas o la cancelación de la habilitación. Son requeridas en la Ley de empleo.

  • Agentes aduaneros, Martilleros, Corredores, Auditores, Matarifes, etc.

    Estas pólizas cubren a los colegios de martilleros de pagos de las multas que deberían pagar sus colegiados por incumplimientos a las normas que rigen la profesión

  • Operadores de bocas de expendio de combustibles líquidos y gaseosos.

    Estas pólizas cubren a la secretaria de Energía y el ENARGAS el cumplimiento de los reglamentos establecidos para el desarrollo de la actividad incluyendo el pago de las multas en caso de que el tomador no lo realice.


Seguros de responsabilidad civil 

La póliza de RC Profesional cubre al asegurado cuando éste deba legalmente a un tercero, como consecuencia inmediata de un reclamo proveniente de un acto culposo cometido durante el desempeño profesional debidamente habilitado. La cobertura está orientada a proteger a los profesionales ante reclamos de clientes y/o terceros por actos que generen pérdidas financieras fundados en errores, fallas o negligencias, cometidos durante el desempeño de sus actividades o prestación de sus servicios.

  • Coberturas

    Asistencia jurídica y defensa legal en sede civil, administrativa y/o penal por reclamos de terceros a consecuencia de actos culposos durante el desarrollo de su profesión.


    Indemnizaciones que se deban a terceros establecidas en instancia prejudicial, judicial o por acuerdo entre la/s parte/s reclamante/s.

  • Documentación básica necesaria

    • Montos asegurados y montos totales.
    • Aval de socio o directores
    • Manifestación de bienes en caso de ser necesarioa más información. 

Garantías de Alquiler 

  • Documentación básica necesaria

    • Copia del contrato de alquiler.
    • Contratos de alquiler anteriores del mismo inquilino
    • En caso de personas físicas, certificaciones de ingreso del grupo familiar o copia de recibos de sueldos.
    • Toda la documentación referido al tomador (documentación de vinculación, manifestación de bienes y fianza aval si la hubiere)
    • Copia del contrato del contrato de alquiler que formara parte de la póliza, contratos de alquiler anteriores del mismo inquilino, en caso de personas físicas, certificaciones de ingreso del grupo familiar o copia de recibos de sueldos, resúmenes de tarjetas de crédito, resúmenes de cuentas bancarias, constancias de inscripción Afip.
  • Garantías de alquiler

    Las Garantías de alquiler se instrumentan a través de una póliza de caución que Garantiza al propietario el cumplimiento de los contratos de bienes inmuebles dados en alquiler en cuanto al pago de los alquileres, expensas y otros.


    Las pólizas de alquileres pueden contratarse para bienes inmuebles o bienes muebles.

    • Comerciales (Locación de bienes Inmuebles)
    • Particulares (Locación de bienes Inmuebles)
    • Locación de Bienes Muebles
  • Alquileres impagos

    Se garantiza el cobro por parte del Asegurado de los alquileres estipulados en el contrato de locación celebrado con el Tomador.

  • Sustitución del depósito en garantía

    Esta póliza tiene por objeto sustituir el depósito en garantía que está obligado a constituir el Tomador, de acuerdo con el contrato de locación celebrado con el Asegurado. No puede ser aplicado al cobro de alquileres impagos ni multas.

Garantías

para directores de empresas

La Resolución 20/2004 de la Inspección General de Justicia exige que esta garantía sea integrada por un depósito de efectivo o títulos públicos -deben quedar en custodia de un tercero-, o mediante la constitución de un seguro de caución o un aval bancario.

En el caso de constituir un seguro de caución, la póliza cubre a la Empresa ante el incumplimiento de las obligaciones del Director o Socio Gerente en el desempeño de sus funciones.

  • Documentación básica necesaria

    Para el análisis de las solicitudes de esta nueva cobertura no es necesario presentar documentación alguna. Su solicitud de seguro puede hacerlo ingresando datos personales mínimos, sin necesidad de presentar documentación adicional.

Garantía que deben presentar los administradores ante la IGJ

Estas garantías son exigidas por la Inspección General de Justicia a los directores de sociedades anónimas (S.A.) y a los integrantes de los órganos de administración de sociedades en comandita por acciones (S.C.A.) y de sociedades de responsabilidad limitada (S.R.L.).


  • Período de vigencia

La póliza debe cubrir el mandato del Director o Socio Gerente. Habitualmente se trata de períodos anuales.

  • Fin del riesgo

El riesgo finaliza cuando es aprobada la gestión del Directorio en la Asamblea General Ordinaria de Accionistas y se aprueba el Balance Anual. Sin embargo algunas acciones legales tienen un plazo de hasta 3 años antes de que ocurra su prescripción.

  • Anulación

La póliza se anularía únicamente en caso de que el Director no acepte el cargo.



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